
Llegar con retraso todos los días al empleo, abandonar el puesto antes de la hora establecida o realizar diversas irregularidades durante la jornada laboral podría llevar a que la compañía emita una advertencia, imponga una sanción o, en situaciones extremas, proceda a un despido disciplinario por violar los términos acordados en el contrato de trabajo.
Sin embargo, según resalta el abogado especializado en derecho laboral Juanma Lorente en uno de sus videos recientes, si estas acciones se repiten y la empresa no las corrige, esa falta podría transformarse en una herramienta clave para resguardar al empleado contra un despido disciplinario.
El especialista en temas laborales detalla en su video una paradoja en el ámbito legal donde la falta de respuesta por parte de la empresa puede convertir una violación en la defensa más sólida para un trabajador en una disputa judicial por despido disciplinario.
El abogado ilustra la situación con un ejemplo directo: “Supongamos que has estado llegando tarde a tu empleo durante dos años, con retrasos de 5, 10 o 15 minutos, y la empresa no te menciona nada. Registras tu llegada con la hora exacta y la compañía lo acepta. De repente, tras dos años de retrasos, recibes una notificación de despido donde se alega que es por llegar tarde”.
De acuerdo con Lorente, este despido resultaría improcedente ya que la empresa permitió que se formara el “hábito” de los retrasos durante dos años sin intervenir. El experto indica que esta falta de acción implica una aceptación implícita de ese comportamiento, lo que impide usarlo como base para un despido ante un tribunal.
Aunque parezca contradictorio, dado que la infracción del empleado queda demostrada, la repetición de esa conducta sin reacción por parte de la empresa se denomina tolerancia empresarial.
Como explican desde el despacho Lex-it, esto ocurre cuando una compañía está al tanto de las infracciones repetidas del trabajador, como retrasos constantes, pero no las penaliza durante un período prolongado. Esto lleva a que un despido posterior por la misma razón sea considerado injusto por los jueces, ya que la empresa aparentó aceptar y “tolerar” la falta. Como apunta el abogado laboral, “Si no te ha sancionado antes por lo mismo, te lo ha permitido y tolerado, por lo que no podrá emplearlo para despedirte”.
Este concepto requiere que las empresas sigan una progresión de sanciones desde la primera falta de los empleados: comenzando por una advertencia simple hasta suspensiones, antes de optar por el despido disciplinario. Omitir esta progresión de advertencias impide que la empresa lo use como motivo directo de despido, pues, según la justicia, la compañía toleró esa conducta.
El Tribunal Supremo ha respaldado esta doctrina en diversas sentencias donde se rechazaron despidos disciplinarios porque las empresas citaron como causa infracciones que habían tolerado durante años sin emitir advertencias.
En todos estos casos, el resultado fue rechazar los despidos disciplinarios y declararlos improcedentes, con una indemnización de 33 días por año trabajado, a pesar de que se probó que el empleado había incumplido las condiciones durante un tiempo considerable.
En una de esas decisiones, el Tribunal Supremo establece: “Sancionar con la máxima severidad (el despido disciplinario) una conducta que se había tolerado previamente, sin advertencia previa al trabajador de que se pondría fin a dicha tolerancia, sería contrario a la buena fe del empleador”.
Un ejemplo evidente de esta paradoja legal se vio en el caso de una trabajadora de una óptica en Asturias que llegó tarde a su lugar de trabajo en hasta 176 instancias sin que la empresa la reprendiera por ello.
Cuando la compañía le notificó el despido disciplinario, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias lo calificó de “irracional, desproporcionado e incongruente”. La razón fue que la empresa había mostrado tolerancia empresarial al permitir 176 retrasos sin advertir o sancionar a la empleada, y proceder directamente al despido disciplinario.